La ordenanza incluirá la prohibición de subir a los arcos del Acueducto. Imagen de junio de 2018. / Kamarero

El Ayuntamiento de Segovia inició la semana pasada un periodo de consulta pública sobre la modificación de la Ordenanza de convivencia ciudadana para incorporar aspectos relacionados con la protección del Acueducto. Ciudadanos y colectivos sociales pueden realizar aportaciones hasta el 5 de octubre.

El gobierno municipal descarta definitivamente una ordenanza específica, que en su momento se denominó de protección del Acueducto y su entorno, y que incluso pasó ya por un periodo de consulta pública en 2018.

En este sentido, la modificación ahora en trámite parte de la premisa de que la ubicación del Acueducto en el centro de una ciudad viva genera no pocos conflictos y presiones derivadas del uso cotidiano y recoge cómo en redes sociales y medios de comunicación aparecen periódicamente imágenes que muestran acciones y comportamientos “que no responden al respeto que merece un monumento como el Acueducto”.

Recuerdan los responsables municipales que la preocupación por el Acueducto “es una constante y una obligación” y que la necesidad de preservar y respetar su singularidad está regulada desde el siglo XIX, ya que su declaración como monumento nacional data del 11 de octubre de 1884, a través de una Real Orden, lo que indica “un reconocimiento de máxima categoría de su excepcionalidad, de su prestigio y de su valor patrimonial”.

El objetivo de la modificación de la Ordenanza de convivencia ciudadana es reducir los impactos y amenazas derivados del progresivo aumento de la utilización del entorno del Acueducto, así como determinadas actuaciones y comportamientos que lo afectan, incidiendo en la labor preventiva.

Tres opciones

El Decreto de Alcaldía que inicia la consulta pública explica que el Ayuntamiento tenía tres opciones para dar respuesta a las necesidades advertidas en el Acueducto y su entorno: mantener la propuesta de protocolo de 2007, que regula solo la utilización del tramo elevado, lo que se reveló como insuficiente porque no tiene facultad normativa y por lo tanto tampoco garantía jurídica para aplicar sanciones; una nueva ordenanza específica, que en su momento fue considerada como la más adecuada por los servicios técnicos de la Concejalía de Patrimonio Histórico y la adoptada finalmente de modificar la Ordenanza de convivencia ciudadana.

La elaboración de una nueva ordenanza de protección del Acueducto y su entorno encontró algunas reticencias en los servicios jurídicos municipales, que determinaron que la mejor vía era realizar regulaciones específicas de cada aspecto relacionado con la protección del Acueducto a través de la modificación de ordenanzas preexistentes.

Prohibiciones y sanciones

La modificación incluye expresamente al Acueducto al prohibir aspectos negativos como la realización de grafitos, pintadas y otras expresiones gráficas, la colocación de pancartas, carteles y folletos, depositar residuos y la realización de actividades no permitidas, juegos y otros usos impropios.

Entre otros ejemplos, prohíbe apoyarse en el monumento de cualquier forma y comer o beber en el ámbito definido por los arcos.

No está permitido alimentar a las palomas en ese mismo ámbito, amontonar nieve o esparcir sal junto al monumento, introducir papeles, colillas, envoltorios, etc. entre las juntas de sus sillares o en el canal, donde tampoco se permite, y se sanciona con multas de hasta 3.000 euros, el acceso desde el desarenador de San Gabriel hasta su final, en el interior del recinto amurallado, o escalar, trepar o descolgarse sin autorización expresa.

Otras prohibiciones son apoyar en sus columnas bicicletas, carteles, mochilas, bolsas, cámaras fotográficas o cualquier objeto, o depositar junto al Acueducto, aunque sea de forma transitoria, materiales o herramientas de obra, escombros o similares.