La Justicia investigará las percepciones que recibirán los directivos de Caja Segovia

La Audiencia Provincial estima los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y UPyD contra el auto de archivo de la causa ordenado por el Juzgado número 2 y ordena que continúe la tramitación de las diligencias previas.

Las retribuciones derivadas de las indemnizaciones y jubilaciones de los directivos de Caja Segovia serán analizadas por la Justicia para determinar si en su concesión se pueden derivar acciones penales por posibles delitos de administración desleal y apropiación indebida.

La Audiencia Provincial de Segovia ha determinado la reapertura de las diligencias a través de un auto de revocación de la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción número 2 de la capital que en enero de este año ordenaba el archivo y el sobreseimiento provisional de la denuncia presentada por el partido Unión Progreso y Democracia (UPyD), que admitió a trámite la Fiscalía de

Segovia.

En los siete folios del auto de revocación, cuyo ponente es el magistrado Antonio María Javato Martín, se hace una pormenorizada descripción de las posibles actuaciones irregulares que deben ser investigadas en las diligencias previas a la instrucción judicial de este caso. Así , la Audiencia considera necesario requerir a los organismos reguladores e inspectores —el Banco de España y la Comisión Nacional de Mercado de Valores— para que informen sobre el estado en que se encontraba Caja Segovia al tiempo en que se aprobaron las jubilaciones de sus altos directivos; sobre el posible recibo de ayudas con cargo a capital público y en qué cuantía, así como sobre el nivel medio o intervalos cuantitativos de los sueldos y jubilaciones de altos directivos de las entidades bancarias de esa naturaleza y tamaño.

Además, insta a oficiar a Caja Segovia para que aporte la documentación en base a la que se han aprobado las prejubilaciones de los directivos citados en el escrito de denuncia.

Con respecto al recurso presentado por el Ministerio Público, la Audiencia Provincial valora las afirmaciones recogidas en la denuncia interpuesta por UPyD contra los integrantes del Comité de Dirección de Caja Segovia, en las que se indica que en el último año “han aumentado desproporcionadamente sus retribuciones con el único y deliberado propósiti de incrementar la base de cálculo de su pensión o prejubilación”, por lo que se considera necesario “efectuar las diligencias de investigación tendentes a comprobar la veracidad de tales afirmaciones”.

También alude el auto al recurso de UPyD en el que denuncia que el director general de Caja Segovia, Manuel Escribano se acogió a una prejubilación dotada con 12 millones de euros, y para ello se contrató un seguro con CASER ara incrementar su pensión, al igual que la de los demás miembros del Comité de Dirección.

Por otra parte, expresa la posibilidad de irregularidades contables por parte del director de Auditoría de la Caja que “habrían llevado a una quiebra técnica que fue salvada con la fusión de

Bankia”.

Por todo ello, el auto asegura que la posibilidad de que estas actuaciones tuvieran algún tipo de calificación penal como delitos de administración desleal o apropiación indebida, así como las magnitudes económicas de las cantidades percibidas hacen que los recursos “no puedan ser descartados apriorísticamente”.

Así, considera que los hechos consignados en el escrito de denuncia “si podrían tener encaje a priori en las citadas infracciones”, debido al carácter “desproporcionado” de las prejubilaciones otorgada al director general de la Caja y al resto de integrantes del Comité de Dirección; que percibieron 30 millones de euros como monto global”. Estas retribuciones fueron logradas a través deun “incremento desproporcionado” orientado a incrementar la base de cálculo de su pensión y a través de una póliza de seguro.

Por otra parte, la denuncia que recoge el auto de revocación asegura que se han contraído “diversas obligaciones a cargo de la sociedad-pago de pensiones o prejubilaciones” que pueden suponer un “potencial abuso de las funciones propias de su cargo en beneficio propio”, y considera razonable pensar “en un delito de apropiación indebida en su vertiente de “distracción” en cuanto se ha producido una desviación fraudilenta de recursos por parte de las personas que tenían encomendada su administración”.

La resolución dictada por la Audiencia Provincial recomienda un análisis exhaustivo para verificar si estos hechos son ciertos, en el que “habrá que acudir a criterios técnicos y comparativos que arrojen luz sobre si las cuantías de las pensiones o bonus establecidas por determinadas entidades financieras están dentro de los parámetros normales de mercado”, aunque precisa que en el actual contexto “de grave crisis económica no bastará la mera comparativa de retribuciones de otros bancos o cajas, sino que también se deben ponderar las condiciones particulares de la entidad como la cuenta de resultados, la variación de su cotización en bolsa o la inyección de dinero público pra su saneamiento.

Igualmente, considera necesario analizar “el proceso que se haya seguido para establecer y aprobar las mismas por parte de los órganos de gobierno, de manera que si no han sido aprobadas o se han conseguido de manera fraudulenta ocultando u omitiendo detalles o información , nos encontraríamos ante hechos de relevancia penal”; e incluso examinar si hubieran contado con ayudas públicas y si los balances permitían estos sueldos haciendo abstracción de las mismas”.