El nuevo marco legal aumenta las exigencias para los conductores en muchos aspectos. / NEREA LLORENTE
El nuevo marco legal aumenta las exigencias para los conductores en muchos aspectos. / NEREA LLORENTE

La nueva Ley de Tráfico, que revisa las infracciones que conllevan pérdida de puntos e incide en los comportamientos al volante que se consideran más peligrosos, como hablar con el móvil al volante, entrará en vigor el próximo 21 de marzo salvo algunas medidas puntuales.

Así lo establece la reforma de Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial, que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), que precisa que el texto entrará en vigor en su totalidad, a excepción de modificaciones puntuales en varios artículos que hacen referencia a cuestiones como la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar el vehículo y otras relacionadas con la notificación de las infracciones, que deberán efectuarse personalmente al presunto autor, y la búsqueda de datos a los que podrán acceder los órganos competentes. Estos cambios se refieren a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII, que entrarán en vigor un día después de que lo haga el grueso de la norma.

Así, en apenas dos meses, la nueva ley penalizará aspectos como el uso indebido o la falta de uso de sistemas de protección como el casco, el cinturón de seguridad o las sillas infantiles, arrojar a la vía objetos que puedan causar accidentes o incendios como colillas o poner en peligro a los ciclistas al adelantarlos. Además, se prohíbe rebasar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad en los adelantamientos en carreteras convencionales, y por primera vez se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y se avanza en la protección de los ciclistas.

La nueva ley aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano el móvil, y mantiene la multa de 200 euros y de 3 puntos de sanción si el infractor usa el móvil pero no lo tiene en la mano.

Asimismo, arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de seis puntos, cuando hasta ahora eran cuatro.

También se eleva de 4 a 6 los puntos que se pierden por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros, y suben de 3 a 4 los puntos a descontar por utilizar, o no hacerlo de forma adecuada, el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
La pérdida de puntos también se aplicará en el caso de que se posea en el vehículo mecanismos de detección de radares y cinemómetros, que supondrá tres puntos menos, y no sólo su utilización como era antes.

El marco legal unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo. Además, se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT, aunque la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.

La ley incide también en los denominados vehículos de movilidad personal como patinetes, donde se marca la obligatoriedad del uso de casco y la prohibición de que circulen por aceras y zonas peatonales.

Por otra parte, se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Alcoholímetros antiarranque en los vehículos de transporte

La ley de Tráfico dedica también atención especial al transporte público, con medidas como la obligatoriedad a partir del 6 de julio de 2022 de incorporar en los vehículos alcoholímetros antiarranque, que en caso de no hacerlo será considerado infracción muy grave con multa de 500 euros.

De igual modo, las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder online al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no, aunque la información se limitará a señalar en rojo en caso de que no esté en vigor y en verde si lo está.

Por otra parte, se considera infracción muy grave “incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas”, lo que acarrea una multa de 500 euros, y se añade como como infracción leve (hasta 100 euros) “incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo”.

Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.

Se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual.