La Fiscalía provincial de Segovia estudia una denuncia presentada por una persona anónima que considera que podría haberse cometido un delito con la que considera tala indiscriminada y poco respetuosa de árboles que ha llevado a cabo el Ayuntamiento en algunas zonas de la ciudad.
La denuncia en cuestión se refiere en concreto a las labores llevadas a cabo en el Paseo de Santo Domingo de Guzmán, antiguamente denominada ‘Cuesta de Santa Lucia’.
Comienza el autor de la denuncia justificando el anonimato para evitar reacciones contra él en la ciudad, donde asegura existe “una realidad de represalias de hecho, de ley del silencio, en la que los poderes actúan contra quienes les denuncian”.
Recuerda que esta zona donde se han eliminado los árboles fue declarada como ‘Paisaje Pintoresco mediante un Decreto de fecha 11 de abril 1947’. Tal como recoge la denuncia, el plano de delimitación abarca toda esta zona y el pie del Alcázar de Segovia, por lo que también se extendería a la zona de la Alameda del Parral.
“Igualmente cae dentro del ámbito de protección del Decreto de 1941 por el que se declara Mommento, las bellas vistas desde los miradores del Alcázar”, agrega el denunciante.
A su juicio, esta declaración de protección que se inició en el año 1947 equipara este ámbito v su contenido, “a los grandes monumentos singulares y conjuntos de la ciudad: a sus monumentos como el Acueducto, el Alcázar, la Catedral, o el Recinto Amurallado”.
Esta protección continúa a día de hoy porque se complementan y cuentan con el mismo nivel de protección en la conformación de la ciudad de Segovia que dio lugar a su declaración como Patrimonio de la Humanidad.
En este sentido, la condición de monumento del paraje pintoresco se convierte en términos legales en Bien de Interés Cultural (BIC) a través de la Ley Estatal 25 junio 1985 y ahora por la Ley Autonómica 8.3.c.
Por todo ello, siempre dicho arbolado y zona ha sido protegida con la categoría mas restrictiva, que es la de ‘suelo no urbanizable especialmente protegido’, tanto por los Planes Generales de Urbanismo de 1984 y el actual del 2007, como por el actual Plan Especial de las Áreas Históricas (PEAHIS), de 2019, y que recoge expresamente el sometimiento al decreto original del año 1947.
“Pues bien, -explica el denunciante- desde hace aproximadamente doce años, se ha venido observando una tala de árboles que poco a poco ha modificado la composición del paisaje, inicialmente en la ladera contra la muralla, haciendo perder al mismo su carácter esencial que llevó a tal declaración”. “A pesar de ello, este espacio conserva “cierta tonalidad de frescura”. “Pero a este paso poco le queda”, lamenta el texto de la denuncia.
La tala que el Ayuntamiento llevó a cabo a finales del año pasado ha supuesto la desaparición de “árboles centenarios, sin lugar a duda afectados por la Declaración de 1947”.
Además, el denunciante hace referencia a las declaraciones del ingeniero de Montes, David Mingot en una entrevista publicada en EL ADELANTADO DE SEGOVIA el pasado 12 marzo, donde indica que las talas han de ser “la última decisión a tomar por el gestor, y siempre conviene justificar, en la medida de lo posible, la ejecución de las mismas para que los ciudadanos entiendan que no es una tala indiscriminada”. “Podemos decir que -en cualquier caso- la tala de los árboles es el fracaso de la gestión”.
CINTURÓN VERDE
El Ayuntamiento de Segovia reconocía el pasado mes de diciembre que se habían talado 28 árboles del ‘cinturón verde’ de la ciudad. Para ello se habían destinado 28.000 euros. Y argumentaba el concejal de Medio Ambiente, Angel Galindo, que había “criterios técnicos” basados en la seguridad en zonas transitadas tanto por peatones como vehículos para retirar estos árboles de gran tamaño ubicados en las alamedas del Parral y La Fuencisla y el Paseo de Santo Domingo.
Apelaba a informes de los técnicos del servicio municipal de Parques y Jardines, que habían decidido esta drástica medida tras el análisis realizado en aquellos ejemplares cuyo riesgo era más inmediato debido a su estado de conservación y, en algunos casos, su avanzada edad.
El concejal de Medio Ambiente Ángel Galindo, decía que los árboles retirados “son viejos, de gran tamaño y cuya peligrosidad ha sido evaluada por los técnicos, ya que en algunos casos no tenían viabilidad suficiente para mantenerse en pie”.
ALTERACIÓN CONTINUADA
En la denuncia se hace hincapié en que el paisaje protegido de Segovia desde el año 1947, “se ha venido alterando y destruyendo en los últimos doce años, siendo esta ultima actuación la gota que colmaría este ataque al patrimonio cultural de la ciudad, de Castilla y León, de España y, en definitiva, de la humanidad, al contar con la declaración de la Unesco del año 1985”.
En el argumentario de la denuncia se enumeran algunas de las cuestiones que llevan a cuestionar la correcta actuación del Ayuntamiento en esta tala.
Asegura, con apoyo en las declaraciones del ingeniero, que había un tocón que indicaba que el árbol se encontraba inclinado, concretamente un sauce llorón. Pero se estima que la inclinación no debe considerarse peligroso necesariamente. Precisamente esa inclinación contribuía a crear un paisaje romántico típico. “Que un árbol se encuentre inclinado no lo convierte en peligroso de por sí, dado que éste ha podido desarrollar mecanismos de equilibrio estructural con el sistema radicular durante los años de su vida”. “Los árboles tienen que ser seguros en la ciudad y hay que poner los medios para que lo sean. Por supuesto, si no se puede asegurar la estabilidad de un árbol hay que plantearse su sustitución, pero siempre hay que justificar bien esa necesidad”.
“A nadie se le ocurriría tirar el Acueducto de Segovia por su peligro para el trafico o viandantes. Y no se puede argumentar que sus piedras van a ser sustituidas por moldes de hormigón que asemejan las originales. Y aquí lo que se ha hecho es destruir un mnumento, un paisaje protegido, conformado a lo largo del tiempo que ha hecho de los parajes de Segovia, en palabras del referido Decreto, una incomparable belleza de fama mundial”.
Otro ejemplo que el denunciante pone de manifiesto es el de algunos tocones situados junto al Paseo de Santo Domingo, que según recuerda, “no presentan signos de patologías o plagas relevantes ni de deficiencias estructurales que puedan justificar su abatimiento”. “Solo en algún caso aislado se han encontrado síntomas de presencia de termitas de acción oportunista en el duramen de un castaño de indias”, añade. “Tampoco se ha observado una presencia relevante de cuerpos de fructificación de hongos de pudrición, ni tampoco he visto encharcamientos en sus alrededores”.
Sobre las oquedades que dejan ver algunas fotos, explica que es “signo de podredumbre del tronco, pero no por eso el árbol es necesariamente peligroso y debe ser talado. Con ese criterio también tendríamos que quitar las farolas del paseo”. “Hay que temer en cuenta otros factores, por ejemplo, lo que en arboricultura se denomina ‘espesor de pared residual suficiente’, que significa que cuando el espesor de la pared residual no es inferior a un tercio del radio del tronco, se considera que el ejemplar es estructuralmente seguro”. “En este tocón, la pared residual sí es suficiente por lo que la oquedad que presenta a esta altura no serviría para justificar su tala”.
Por todo lo expuesto, el denunciante propone a la Fiscalía de Segovia que practique, entre otras diligencias que considere oportunas, la inmediata paralización de la saca de los tocones, al ser éstos la única prueba que puede existir del delito, va que éstos son los que demostrarían el estado del arbolado destruido.
Interesa también la comparecencia testifical del ingeniero David Mingot; y que se solicite a la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Montes de la Universidad Politécnica de Madrid, un informe pericial sobre la antigüedad de los árboles cortados en el Paseo de Santo Domingo de Guzmán, su estado de salud, y si tal estado justifica su tala, o se podría haber acometido su tratamiento de saneamiento a través de otras técnicas.
También pide que se solicite del Ayuntamiento de Segovia, los expedientes referidos a la tala de los 28 árboles, y copia de la regulación prevista en los planes generales de urbanismo de los años 1984 y 2007, y del Plan Especial de las Áreas Históricas 2019, de la zona aludida en la denuncia.