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Imagen de archivo de la pantalla situada en la planta superior del establecimiento de la calle Real. / n. llorente

El Ayuntamiento de Segovia deberá devolver el importe de las multas que había impuesto a los dueños del establecimiento Taberna del Volapié, al inicio de la Calle Real, una cantidad que supera los 6.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha rechazado un recurso de casación del Ayuntamiento. Éste se oponía a una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ el cual anuló el pasado mes de septiembre las multas que el Ayuntamiento impuso por la instalación de la pantalla luminosa, situada en el interior de la primera planta, pero con vistas a la calle.

La sentencia estimaba parcialmente la demanda presentada por los dueños del establecimiento, que no estaban de acuerdo con un decreto de la Alcaldía, que ordenaba la retirada de la pantalla y le imponía sucesivas multas que alcanzaron los 6.000 euros: mil cada mes que permanecía colocada.

Los dueños de la taberna argumentaban que la pantalla no requería licencia y que era legal porque además existían otras similares colocadas por el propio Ayuntamiento, y otros establecimientos.

Pero los entendieron que esta instalación no requiere de licencia urbanística, pero sí es un acto sujeto a ‘declaración responsable', lo cual ha sido solventado posteriormente. De este modo, se volvió a colocar la pantalla y a encenderse, una vez que la Policía Local también retiró el precinto que había instalado para que se mantuviera desenchufada.
En la misma sentencia, los jueces consideraban no adecuado el importe de la multa de mil euros mensuales y estimaban que debe suprimirse y estar en consonancia con el coste que suponga al Ayuntamiento la retirada de la pantalla.

Así las cosas, con esta última resolución, que es firme al no caber contra ella recurso alguno, el Ayuntamiento deberá devolver el importe de las multas impuestas.

Pero la batalla entre este establecimiento y el Ayuntamiento no parece apagarse.
El mismo día en que se comunicó a las partes el resultado del litigio por las multas, que quedan anuladas, el Ayuntamiento trasladó una nueva orden a los propietarios del establecimiento. Les conmina a que retiren la pantalla volviendo a insistir en que no es legalizable por sus dimensiones. Y además hace hincapié en que exhibe un anuncio de la próxima corrida de toros programada en en Segovia para el sábado 3, cuyas entradas se venden en este establecimiento. Pero según el Ayuntamiento se trata de “una actividad distinta de la propia del establecimiento, que es cafetería con venta de bebidas alcohólicas”.