Todavía con muchas incógnitas por resolver, la pregunta clave del caso es: ¿Cuales fueron los motivos que empujaron a Noemí Martínez Largo al presunto asesinato de su hija? Hasta el momento, tanto ella como sus familiares más cercanos han decidido no hacer declaraciones, pero sólo ellos saben qué se le pasó por la cabeza a la segoviana el pasado lunes, 31 de octubre.
La noticia saltaba en todos los medios: “Detenida una segoviana al aparecer su hija de 6 años muerta en Gijón”. La Policía Nacional trasladó a comisaria a una mujer segoviana, de 48 años, arrestada en Gijón en relación a la muerte de su hija, de 6 años, para tomarle declaración tras haber pasado varias horas en un centro hospitalario. La mujer, separada del padre de la menor, también segoviano, dijo en el momento de su detención haber tomado pastillas y fue trasladada al Hospital de Jove para observación.
En el momento de la detención los agentes encontraron a la madre en la cama junto a su hija muerta en una vivienda de alquiler en el barrio gijonés de El Llano, en el número 71 de la calle Gaspar García Laviana, donde ambas vivían desde hacía unos meses. Según ha podido averiguar El Adelantado, la madre y la hija se habrían trasladado a Asturias ayudadas por el hermano de la madre que regentaba una empresa informática en la localidad de El Espinar.
Un supuesto nuevo trabajo habría sido el motivo esgrimido por la madre ante el juez para alejar a la niña de Segovia y trasladarse a Gijón. Sin embargo, según fuentes cercanas a la familia, el verdadero motivo habría sido alejar a la niña de su padre y su entorno, buscando una nueva vida lejos de los juicios y abogados.
Tras la detención de Noemí, su exmarido, Eugenio García, residente en Segovia y padre de la niña de 6 años hallada muerta, se convirtió en el foco de todas las miradas. En declaraciones a los periodistas a las puertas del inmueble donde vivía su exmujer con la niña, García aseguró que el pasado viernes había obtenido la custodia de la menor tras un proceso que se había prolongado durante cinco años.
“No os podéis imaginar el dolor inmenso que es esto; esto no va de hombres ni de mujeres, esto va de que no se le puede hacer esto a un niño, por Dios”, declaró el padre sin poder contener las lágrimas. Segovia se volcó con Eugenio y con sus familiares que enterraron en el cementerio del municipio de Torrecaballeros a la pequeña.
Por su parte, Martínez Largo se acogió a su derecho a no declarar ante la magistrada titular del Juzgado de Instrucción n. º1 de Gijón que dictó, de acuerdo con el Ministerio Fiscal, orden de prisión provisional, comunicada y sin fianza. El abogado del padre de la pequeña Olivia, Ignacio Blanco, remarcó que “la indefensión de la niña fue absoluta”, según recogió el diario La Nueva España, a la salida de los juzgados.
¿Qué llevó a la madre hasta esta situación?
Tras más de cinco años de juicios, el pasado viernes, el padre de la niña segoviana recibió una sentencia judicial de custodia a su favor, después de años y años de enfrentamiento judicial con su exmujer. Este fallo especificaba que los fines de semana unidos a puente, era la madre quien se quedaba con la menor.
Los procedimiento judiciales comenzaron con un divorcio que se inició en 2018 mientras se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido. Se adoptaron una serie de medidas penales y civiles, entre ellas una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio.
La sentencia de divorcio de febrero 2019, al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre, otorgó la guarda y custodia de la hija de ambos a la mujer. Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.
Posteriormente, el hombre presentó una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia. El Juzgado dictó sentencia por la que rebajaba la pensión, confirmada después también por la Audiencia Provincial.
Más tarde, el Juzgado instruyó otros procedimientos en 2021 y 2022 relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón. El Juzgado dictó un auto en 2022 por el que se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. En dicha resolución, se le indicó que tenía que volver para pedir autorización judicial e instar la modificación de medidas correspondientes.
Todo ello dio lugar a unas medidas provisionales previas en las que la mujer solicitó la autorización para vivir en Gijón con la menor y la modificación de régimen de visitas. Tras esta demanda, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho).
El Juzgado dictó entonces, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer a trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre se hallaba condenado por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020; condena confirmada por la Audiencia Provincial en noviembre de 2020 y pendiente de cumplimiento la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por plazo de dos años bajo condición de no volver a delinquir en ese plazo referido.
Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al hombre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.
¿Por qué el juzgado decidió cambiar la custodia de Olivia?
Todo apunta a que el motivo por el que Noemí presuntamente habría asesinado a su hija sería el cambió de custodia. En este sentido el juzgado señala que “la Audiencia entendió que la niña había estado viviendo con la madre desde su nacimiento, pero también desde la ruptura de la pareja (julio de 2018) sin que constase que la niña hubiese sufrido perjuicio alguno en su desarrollo o estuviese mal atendida, lo que tampoco se alegaba por el padre apelante”.
Por tanto, no hubo motivo por el que modificar el régimen de custodia porque en ese momento no había una situación en que hubiese que decidir sobre la atribución de la custodia a uno o a otro partiendo de una relación en que ambos la ostentaban, sino en una relación en que la niña, por los motivos que fuesen, se encontraba inmersa en una forma de custodia que el padre pretendía modificar.
Sin embargo, esta situación cambia en el momento en el que Noemí decide trasladarse hasta Gijón de manera permanente. “El fin último que se persigue en estos casos es el interés del menor”, explican desde el Juzgado para justificar el cambio de custodia de la niña.
La autopsia revela que Olivia recibió una dosis de fármacos “letal”
La autopsia de la pequeña segoviana Olivia, de 6 años, reveló que recibió el triple de fármacos de una dosis que ya habría resultado letal para sus 20 kilos de peso, según recogió el pasado jueves el digital El Comercio. Fueron detectadas “grandes cantidades” del sedante y ansiolítico Lorazepan y, una dosis menor aunque igualmente mortal de otro medicamento, Enantyum, que se receta para el dolor agudo.
“La autopsia no refleja signos de asfixia mecánica, por lo que la niña no habría fallecido por una obstaculización de las vías respiratorias, sino por la propia intoxicación medicamentosa”, subraya El Comercio, que añade que la madre “habría preparado un cóctel machacando las pastillas e introduciéndolas en una taza de cacao con leche que le habría administrado la noche del sábado”, un día antes de que el cadáver de Olivia fuese hallado por la Policía Nacional, en la cama junto a su madre, que estaba consciente.
La mujer, natural del municipio de El Espinar, se negó a declarar ante la jueza que la envió a prisión sin fianza, acusada de asesinato. Según la autopsia, estuvo con el cuerpo sin vida de su hija durante un día entero, tras darle la bebida y dejarla morir. La acusada había tomado pastillas, pero en una cantidad muchísimo menor de la que supuestamente suministró a su hija Olivia.
La información de El Comercio señala que una de las sustancias administradas tiene como componente el Orfidal, que ella tenía prescrito por su médico y que habitualmente adquiría en una farmacia próxima a su domicilio en el barrio de El Llano, que combinado con el Enantyum “habría tenido un efecto en la niña similar al que puede suponer un coma etílico”.
Además, citando fuentes de la investigación, aseguró que le envió un mensaje de texto su hermano que decía que mataba a la niña antes de entregársela a su padre, tras recibir la sentencia judicial que le daba la custodia a su exmarido. La magistrada titular del Juzgado n.º 1 de Gijón consideró que hay “pruebas e indicios suficientes para determinar que la mujer asesinó a su hija para no tener que ceder a entregar la custodia a su progenitor, con quien llevaba cuatro años y medio de pleitos, denuncias y batallas judiciales”.
Eugenio García se defiende de las acusaciones
A raíz de la publicación por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) de su condena por malos tratos Eugenio García se defendió publicando un comunicado en el que acusaba al TSJ de emitir una información “interesada y sesgada”. “Su madre, única responsable, nos la arrebató. A ello ha contribuido un sistema judicial imperfecto y una ley de violencia de género que acaba con la presunción de inocencia del varón”, apuntaba el comunicado firmado por su representación procesal, los abogados Daniel Labrador e Ignacio Blanco.
En su defensa, Eugenio señala que “fue condenado por un delito de malos tratos en su pena mínima, por la mera declaración de la señora Martínez, siendo absuelto respecto al resto de delitos por el que se le acusaban, como puede comprobar cualquier persona que haya tenido acceso a la sentencia facilitada incomprensiblemente por el TSJCyL”
“FAMILIAR, Distante y de fuerte carácter”
Poca gente en El Espinar tenia una relación estrecha con Noemí Martínez Largo. Su familia, natural de la localidad espinariega la definen como “distante y de fuerte carácter”. Durante sus 48 años de vida habría ido y venido varias veces por motivos de trabajo. Según personas cercanas a la madre de Olivia se trataba de “una mujer educada” que estaba siempre con su hija. “En verano paseaba con la bicicleta por las calles cercanas a su casa y parecían una familia normal”, cuentan a El Adelantado. Su madre y su hermano continúan viviendo en la localidad. De hecho, el presunto trabajo en Gijón se lo habría conseguido su hermano. Durante la última semana la madre de Noemí apenas ha salido de casa y el hermano la ha visitado, junto a otros familiares, en varias ocasiones. n