Ley trans: de las fobias psiquiátricas a las fobias políticas

El articulado de las leyes convierte en mecanismos prácticos lo que está de manera genérica en el espíritu y en la idea a los que se pretende que sirva. Normalmente, por ese carácter práctico del articulado, nos quedamos atrapados en sus entresijos y olvidamos que las propias leyes incorporan prefacios que recogen las ideas sobre las que se sustenta lo que viene después. Esas introducciones y esas exposiciones previas de motivos, que leemos a la carrera, son, sin embargo, las cargas de fondo de cuyo análisis pueden extraerse las matrices y las tendencias que están configurando las nuevas realidades, el nuevo orden al que las leyes buscan potenciar y encauzar. Así ocurre con la llamada Ley Trans, aprobada ya por el Congreso y a la espera del visto bueno del Senado. Todo indica que conseguirá sortear sin mayores problemas el último trámite y que, en breve, será incorporada a las normas de alto rango de nuestro sistema jurídico.

Es particularmente interesante que el legislador en el Título Preliminar del actual proyecto, en su artículo 3, considere necesario delimitar el significado exacto de expresiones relativamente recientes. Se presentan, así, diferenciadas conceptualmente, tres tipos de discriminaciones, cinco definiciones relativas a la sexualidad y la manera de vivirla el individuo y cuatro fobias, además de otras cuatro anotaciones sobre acoso, personas trans, familias LGTBI y violencia intragénero. Desde luego, si de diversidad se trata, hay que reconocer que ahora se la estudia con minuciosidad y se deja atrás ese horizonte en el que nos criamos los antiguos y en el que lo masculino y lo femenino -todo lo más, lo neutro- eran las únicas referencias. La ley ofrece el análisis de esta diversidad con el objetivo, por supuesto, de protegerla. Pero uno se pregunta hasta qué punto es mera protección de lo que ya hay o, más bien, fomento y preparación de un mundo en el que estos fenómenos, ahora minoritarios, pasarán a vertebrar una sociedad distinta de todas las anteriores. ¿No estamos a las puertas de una utopía de ciencia ficción en la que cada individuo podrá construirse radicalmente a sí mismo, negando o reedificando su cuerpo a voluntad o, si se quiere, a capricho? Pensemos que ya no va siendo una mera quimera la posibilidad de alteración del propio cuerpo por procedimientos quirúrgicos o bioquímicos y que la ingeniería genética apunta en la misma dirección. En ese sentido, la izquierda estaría abriendo paso no tanto a la pluralidad sexual como a un mundo que ya no será de derechas o de izquierdas, sino el resultado previsible de la puesta al servicio de la mente humana de los adelantos técnicos aplicables a la biología y la medicina. Y nuestra mente se mueve a veces por una voluntad bien formada, pero otras por angustias mal llevadas, meros antojos y excentricidades. Por eso, es posible que esta ley nuestra y las que en la misma línea se gestan ahora en otros países sean el puente hacia un universo nuevo, de transformaciones inéditas, hasta hace poco inconcebibles, y que internarse en él implicará riesgos desconocidos y, quizá, fenómenos sociales no utópicos, sino distópicos.

Mucho menos futuristas son esas clasificaciones de fobias made in Boletín Oficial del Estado. Es más, huelen a cosas del pasado y a ese tipo de encasillamientos a los que los inspiradores de esta ley pretendían dejar atrás. Se han sacado la homosexualidad y otras tendencias afectivas y eróticas de los cuadros psiquiátricos, pero parece que, inopinadamente, las categorías psicopatológicas se estuvieran colando en las gacetas oficiales. Realmente, ¿es necesario crear esa ristra de fobias para “desarrollar y garantizar” los derechos de las personas a las que busca proteger la ley? ¿No se está psiquiatrizando ahora a los del lado contrario? ¿Se puede psiquiatrizar lo que ha sido hasta hace bien poco una tendencia cultural hegemónica? ¿A qué autoridades científicas y jurídicas se ha consultado para gestar estos párrafos en los que resuenan tanto las clasificaciones internacionales de enfermedades?

Me parece que la imprescindible penalización de las agresiones o conductas discriminadoras por razones de tendencias o expresiones sexuales no tiene por qué ir acompañada de una relación política de fobias, ya que apunta a la construcción de un sistema alternativo de control y represión parecido al que antes encuadraba las conductas que ahora se reivindican. Pero, quizá, sea éste el sino de todos los cambios de paradigma: que lo nuevo nazca encadenado por lo viejo.