La reforma del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas

El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas por medio de tributos cedidos, tiene indudables ventajas que los teóricos predican del sistema de “unión de fuentes de financiación” dado que respeta los principios de generalidad del sistema fiscal y de distribución de las cargas con respecto a los principios de igualdad y capacidad de todos los ciudadanos. El sistema de financiación ha avanzado en la atribución a las Comunidades de competencias legislativas, en la autonomía de las Comunidades Autónomas, su corresponsabilidad teórica y en la no traslación de las cargas de un territorio a los residentes en otros diferentes.

El origen del Estado autonómico establecido en el artículo 2 de la Constitución, basado en la unidad del territorio y derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones, generó un modelo de financiación que no es un modelo que estuviera predeterminado cuando se aprobó la propia Constitución. Se trata de un modelo abierto de configuración territorial del Estado, en cuya formación lo que se debe de garantizar es la unidad de la totalidad y la autonomía de cada una de las partes que integran esta totalidad que es el Estado. Sin embargo, este carácter abierto también ha afectado al sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, al generar un sistema con grandes diferencias entre Comunidades derivado del ejercicio de sus competencias normativas, incluso respecto de los tributos del Estado. El modelo inicial que ha sido objeto de cambio cada cinco años, a través de los cuales han ido ampliándose las posibilidades de financiación de las Comunidades Autónomas con una menor dependencia del Estado. El modelo 1997-2001, tuvo como finalidad principal potenciar la posibilidad de creación de tributos por parte de las Comunidades, un sistema con vocación de permanencia, tal como se establecía en la Exposición de Motivos de la Ley 21/2001, que no cumplió con las expectativas generadas. El siguiente modelo (2002-2008) con vocación de permanencia, tal y como establecía la Exposición de Motivos de la Ley 21/2011, tampoco cumplió con las esperanzas previstas en orden a conseguir una corresponsabilidad fiscal de las Comunidades Autónomas. El último sistema aprobado por la Ley 22/2009, igualmente no ha cumplido con los objetivos pretendidos, generando una tensión entre Comunidades Autónomas que es necesario solucionar.

Estamos a la espera del proyecto de reforma del sistema por parte del Ministerio de Hacienda, mientras que el pasado día 23 de noviembre se hizo público la Declaración Institucional Foro Santiago, Camino de Consenso, firmado por los Presidentes de las Comunidades de Galicia, Cantabria, Asturias, La Rioja, Castilla La Mancha, Aragón, Extremadura y Castilla y León. Una Declaración que incide en el principio constitucional de solidaridad, como principio esencial de nuestra convivencia, al mismo tiempo que pone el énfasis en la emergencia demográfica que sufre una parte de nuestro país, que tiene repercusiones a nivel económico, social, cultural, educativo y sanitario.

Resulta por tanto imprescindible garantizar un sistema de financiación autonómico que asegure una cohesión territorial en nuestro país, cuando aquellas ocho Comunidades representan el 61,97% del territorio nacional y solamente cuentan con el 24,13% de la población. En este sentido, sería necesario un fondo específico que garantice el cumplimiento de la Estrategia nacional frente al reto demográfico, que permita el desarrollo sostenible en las zonas rurales y que garantice la igualdad de oportunidades para la ciudadanía de esas zonas rurales. Un sistema de financiación que ha de tener en cuenta los gastos incrementados y que han de ser soportados por aquellas Comunidades, derivados de la superficie, la dispersión de la población, la baja densidad, la orografía, y el envejecimiento de su población. Un sistema nuevo, diseñado con altura de miras, con el objetivo de reconstruir el necesario reequilibrio territorial entre zonas densamente pobladas y otras zonas en declive poblacional. Un sistema, en definitiva, que potencie el Fondo de Compensación Interterritorial, al mismo tiempo que en otro orden de cosas se asegure la distribución equitativa de los Fondos europeos del programa Next Generation.