Caso de los ERES
José Antonio Griñán (d) y Manuel Chaves, en la sala de la Audiencia de Sevilla, durante el juicio del caso de los ERES. / EFE

El Tribunal Supremo (TS) confirmó la condena a los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el uso irregular de las subvenciones autonómicas para los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), así como a seis exconsejeros del Gobierno autonómico que estos presidían. El primero recibió 9 años de inhabilitación por prevaricación, mientras que el segundo, que también ejerció como consejero de Hacienda del Ejecutivo andaluz, fue sentenciado a 6 años de cárcel por prevaricación y malversación, lo que le sitúa ahora a un paso del ingreso en prisión. Así lo avanzó ayer el alto tribunal, aunque el fallo emitido por los magistrados Juan Ramón Berdugo (presidente), Eduardo de Porres (ponente), Carmen Lamela, Ana Ferrer y Susana Polo no se conocerá hasta que el voto discrepante anunciado por estas dos últimas esté redactado.

Ferrer y Polo consideran que se deberían haber estimado parcialmente los recursos presentados por Griñán, Miguel Ángel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez, en el sentido de haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos. Las fuentes jurídicas consultadas señalan que la ejecución de la sentencia, que implicaría la entrada de Griñán en prisión, compete a la Audiencia de Sevilla, que fue el órgano jurisdiccional que dictó la condena confirmada ahora por el TS.

El fallo, en septiembre

Sin embargo, para ello deberá recibir el fallo íntegro del Supremo, un texto que no se espera que esté redactado y notificado antes de septiembre, debido al habitual parón de agosto en el ámbito judicial. Además, apuntan las citadas fuentes, hay que tener en cuenta que los condenados podrían solicitar al TS una aclaración de la sentencia, lo que retrasaría aún más la materialización de las penas impuestas.

El abogado de Griñán, José María Calero, anunció ayer mismo que recurrirán al Tribunal Constitucional (TC) y, en última instancia, solicitarán el indulto. De ser así, para acudir a la corte de garantías tendrá que completar antes un último trámite ante el Supremo, planteando un incidente de nulidad que tendrá que resolver la Sala de lo Penal, por lo que su eventual entrada en la cárcel se seguiría dilatando.

Las fuentes explican que junto al recurso de amparo podrá pedir al TC que suspenda la ejecución de la condena. No obstante, el Constitucional no suele frenar la entrada en prisión cuando la pena supera los cinco años de privación de libertad, como es el caso.

En un reciente auto del pasado 16 de junio, el TC expone que esto es así porque las penas superiores a cinco años se consideran “graves”, aunque añade que la jurisprudencia constitucional también tiene en cuenta otros criterios como “la gravedad y naturaleza de los hechos enjuiciados y el bien jurídico protegido, su trascendencia social”. “Circunstancias que expresan la reprobación que el ordenamiento asigna al hecho delictivo y, por consiguiente, la magnitud del interés general en su ejecución”, indica el Constitucional en dicho auto.

El TC aclara que “existen algunos supuestos en los que excepcionalmente se ha accedido a su suspensión, atendiendo al tiempo de cumplimiento efectivo que reste por el cumplimiento previo de una parte sustancial de la pena impuesta”.

Fue en 2019 cuando la Audiencia de Sevilla condenó a Griñán a 6 años y 2 días de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 15 años y 2 días, mientras que Chaves fue sentenciado a 9 años de inhabilitación especial. Durante la vista para estudiar los recursos de casación, la Fiscalía pidió al alto tribunal que confirmara las condenas impuestas a casi una veintena de imputados.

Prevaricación probada

Para el Ministerio Público, quedó  probado que “se quiso modificar el sistema de concesión de las ayudas para evitar cualquier tipo de control”, propiciando un sistema “prevaricador” donde “cada uno de ellos colaboró para la consecución del fin conjunto”, y que en el juicio se cifró el montante económico de dinero público desviado por los condenados en 680 millones de euros, en lo que constituye el mayor caso de corrupción política de la historia de la democracia española. El TS estimó totalmente tres recursos de casación acordando absolver del delito continuado de prevaricación administrativa a los ex secretarios generales técnicos de la Consejería de Empleo Javier Aguado, Juan Francisco Sánchez y Lourdes Medina.  Además, ratificó las restantes condenas, incluidas las de ocho ex altos cargos de la Junta.