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SOCIEDAD
Sanciones veraniegas
La lista de casos que controlan los decretos alcanzan a bañistas que no hacen caso de las banderas, que usan jabón en las duchas de la playa o que orinan en lugares públicos.
EFE - Madrid | 30/08/2010
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  Jugar en la orilla molestando a los demás bañistas o utilizar jabón en las duchas de la playa es motivo de sanción. / EFE

Las multas están estrechamente relacionadas con las infracciones de tráfico, pero en verano proliferan ordenanzas municipales para regular comportamientos que a veces los ciudadanos desconocen e infringen, desde pasear con el perro por la playa o dejar la sombrilla en la arena para guardar sitio hasta practicar nudismo.
Pero la lista de casos que regulan las ordenanzas alcanza también a usuarios que las incumplen a sabiendas de su existencia; como bañistas que no hacen caso a las banderas, que usan jabón en las duchas de la playa, que juegan en la orilla molestando a los demás bañistas, que hacen fuego o incluso que orinan o defecan en lugares indebidos.
Aunque el turismo es una importante fuente de ingresos para los ayuntamientos, a veces también conlleva un desajuste en el funcionamiento diario de las ciudades, y las actitudes y comportamientos de los turistas pueden llegar a colisionar con las normas que imperan en los municipios.
La legislación municipal está al arbitrio del Consistorio, pero fuentes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) precisan que han elaborado una «ordenanza tipo», aunque aclaran que es orientativa y fruto de muchos años de trabajo de técnicos y responsables políticos de ayuntamientos de toda España, que han puesto su experiencia para garantizar el ejercicio de la libertad y el uso de los espacios públicos.
El Ayuntamiento de Cádiz, dirigido por la alcaldesa popular Teófila Martínez, considera falta leve, por ejemplo, la práctica del nudismo en las playas catalogadas como urbanas, y, según fuentes municipales consultadas, es una medida que «lleva de siempre».
Pero el presidente de la Federación Española de Naturistas (FEN), Ismael Rodrigo, asegura que la ordenanza entró en vigor «el año pasado» y añade que «es ilegal que una ley municipal pueda violar un ordenamiento superior». Rodrigo señala que este año el Ayuntamiento de Cádiz ha sancionado a tres ciudadanos que practicaban nudismo el Día sin bañador con una multa de 600 euros, una iniciativa que se lleva celebrando el tercer domingo de cada mes desde hace cuatro años, y advierte además de que «todos los recursos interpuestos en los tribunales por multas a nudistas se han ganado».
El presidente de FEN añade que en su momento también se promulgaron decretos de la misma naturaleza en Valencia o Alicante, pero al presentarle la documentación pertinente retiraron la ordenanza, y asegura que «no logra comprender» por qué el Consistorio de Cádiz no hace lo mismo. Ismael recuerda que la legislación está recurrida en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En el municipio de Almuñécar, localidad muy turística de la costa de Granada y debido a las excursiones que se hacen en la noche de San Juan, sobre todo desde la zona de Granada, Jaén y Madrid, dictaron un reglamento municipal que prohibía montar equipos de sonido y espectáculos musicales porque era muy molesto para los vecinos.
No obstante, esa primera noche de verano el Consistorio da permiso para acampar y hacer hogueras, prácticas que habitualmente están prohibidas durante el año, aunque los grupos musicales, los botellones y las barbacoas siguen estando vetados.
Otro caso es el de Tossa de Mar, en Gerona, donde el Ayuntamiento ha vuelto a actualizar la ordenanza municipal que prohibía mantener relaciones sexuales en el espacio público, aunque desde el municipio señalan que la orden no es una idea original, sino que es una copia de una normativa de Barcelona y de otros pueblos y ciudades españolas. Sin embargo, fuentes de dicha Alcaldía afirman que todavía no se ha sancionado a nadie por tales prácticas.

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