El Congreso eleva a 16 años la edad mínima para contraer matrimonio

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó de forma definitiva la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que eleva de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio y atribuye a colectivos como los notarios y los registradores la resolución de determinados asuntos sin conflicto, tales como la celebración de bodas, reclamación de créditos vencidos o asuntos de tutelaje a menores y personas con discapacidad con la finalidad de descargar de este tipo de trabajo a los jueces.

Los diferentes grupos parlamentarios criticaron durante el debate de este asunto la técnica legislativa empleada debido el alto número de enmiendas introducidas por el grupo mayoritario (el popular) y por la “confusión” que creen que genera el hecho de que la nueva Ley modifique una docena de normas que afectan a los operadores jurídicos en distintos asuntos.

En menor medida que en el Senado, todos los portavoces parlamentarios excepto Beatriz Escudero, del PP, criticaron las atribuciones que la nueva Ley hace a colectivos como los notarios o los registradores, a quienes se atribuyen funciones por las que cobrarán un arancel como la celebración de bodas, pese a mantener el mismo servicio gratuito en otros operadores jurídicos.

El texto aprobado poco tiene que ver por el que salió del Consejo de Ministros, que, por ejemplo, ampliaba el catálogo de actos hasta ahora a cargo de los jueces que debían desempeñar en exclusividad otros operadores jurídicos, principalmente notarios y registradores, algo desaparecido en favor de los secretarios judiciales.