El Gobierno aprueba la nueva normativa sobre el autoconsumo energético

La legislación permitirá que el usuario sea compensado por la comercializadora por la energía excedentaria en su factura mensual

La ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera. / Efe

El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España, que permitirá que la comercializadora de energía compense al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual.

Con este Real Decreto, entre otras medidas, se habilita la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales; se reducen los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores; y se establece ese mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida.

La ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, defendió que el autoconsumo, después de que se derogará por este Gobierno el “tristemente famoso” ‘impuesto al sol’, es “una realidad” que tendrá “enormes efectos positivos”; como la reducción de precios, la generación de actividad económica y empleo, soluciones para un mejor precio para las comunidades rurales y “una mayor penetración en la electrificación de la economía hacia la descarbonización”.

Así, valoró que el despegue del autoconsumo permitirá contar “con otros protagonistas en la transición energética y aprovechar el potencial que puede ofrecer la energía solar”.
En concreto, la normativa establece la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes, esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que el usuario no consume instantáneamente.

Hasta ahora, si el autoconsumidor quería obtener una compensación por esta energía que se inyecta en la red, debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige.

El mecanismo es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW), y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable.

ENERGÍA CONSUMIDA

Así, la compensación económica puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en ese mes, que tiene un peso cercano al 35% sobre el recibo final. Deberá, en todo caso, siempre seguir haciendo frente a los costes regulados del sistema eléctrico y a los impuestos correspondientes por estar conectado a la red.

“No habrá intercambio de dinero. No se puede superar o exigir una compensación más allá de lo que se consuma de la red. Es decir, solamente se puede hacer como una variable de participación en el sistema energético, pero no como un negocio de generación, que seguiría manteniendo las características de productor de electricidad como cualquier otro”, dijo Ribera, quien anunció que en la web del IDAE se recogerán directrices fundamentales sobre la normativa “para hacerla más accesible” a los usuarios.

Asimismo, y en el caso del autoconsumo colectivo, la normativa impulsada por el gabinete dirigido por Teresa Ribera también abre la puerta a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y coparticipe de autoconsumo, si éste no está consumiendo su parte proporcional de energía.